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Modificación de Contratos




   MODIFICACIÓN, SUSPENSIÓN Y EXTINCIÓN CONTRATO DE TRABAJO


MODIFICACIÓN
La dirección de la empresa, cuando existan probadas razones económicas, técnicas, organizativas o de producción, podrá acordar modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo. Se considerarán tales las que estén relacionadas con la competitividad, productividad u organización técnica o del trabajo en la empresa.
Modificación sustancial de las condiciones de trabajo.
Tendrán la consideración de modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo, entre otras, las que afecten a las siguientes materias:
  • Jornada de trabajo.
  • Horario y distribución del tiempo de trabajo.
  • Régimen de trabajo a turnos.
  • Sistemas de remuneración y cuantía salarial.
  • Sistema de trabajo y rendimiento.
  • Funciones, que excedan la movilidad funcional.
Opciones del trabajador.
  1. Rescindir el contrato con la indemnización prevista en la ley: 20 días de salario con un máximo de nueve mensualidades.
  2. Impugnar ante la jurisdicción social.
  3. Conflicto Colectivo de trabajo en las modificaciones colectivas.
Movilidad funcional
Puede ser:
  1. Horizontal ( dentro del grupo profesional o categoría equivalente)
  2. Ascendente ( si el trabajador tiene la titulación requerida)
  3. Descendente ( por razones urgentes e imprevisibles)
 Movilidad Geográfica.
Hay que distinguir entre:
  1. Traslado. Cuando excede de 12 meses en un período de tres años, o cuando el cambio  de residencia del trabajador es definitivo.
  2. Desplazamiento. Cuando es inferior a 12 meses en un período de 3 años.
SUSPENSIÓN
Interrupción temporal de la prestación de trabajo y del abono de salario:
  1. Por mutuo acuerdo de las partes
  2. Causas establecidas en el contrato
  3. IT: un año con posibilidad de prórroga de 180 días más
  4. Privación de libertad, sin sentencia firme.
  5. Suspensión de empleo u sueldo.
  6. Huelga y cierre legal de la empresa.
  7. Maternidad/Paternidad
  8. Riesgo durante el embarazo
  9. Víctima de la violencia de género
  10. Excedencia forzosa.
  11. Fuerza mayor, y otras.
EXTINCIÓN
  1. Cumplimiento del tiempo convenido en el contrato.
  2. Voluntad de ambas partes, libremente consentidas.
  3. Voluntad del trabajador: dimisión, abandono, incapacidad, etc.
  4. Voluntad del empresario: despido disciplinario, objetivo, ERE.
  5. Otras causas: jubilación, incapacidad del empresario, etc.

Actividades en la Red.
  1. Busca  en la Guía laboral del Ministerio de Trabajo cómo es  el procedimiento en el acto de conciliación ante el Semac.
  2. Busca en la Guía laboral, y  explica qué se entiende por traslado colectivo.
  3. Busca, explica y resume desde la citada guía cómo es la suspensión por adopción o acogimiento.